PARAÍSOS FISCALES
Un paraíso fiscal es, según la definición más concisa ofrecida por la OCDE, un instrumento de competencia fiscal perjudicial.
Es más concreta y más precisa la definición que ofrecen los profesionales de la Hacienda Pública Española: son territorios de baja o nula tributación que, mediante normas específicas internas, garantizan la opacidad de las transacciones, con la ausencia absoluta de registros, formalidades y controles.
Existen unos 73 paraísos fiscales alrededor de todo el mundo. Los paraísos fiscales son territorios cuyos sistemas tributarios favorecen, de manera especial, a sus no residentes, tanto personas físicas como entidades jurídicas.
Los paraísos fiscales en el mundo tienen características específicas que permiten su identificación:• Poseen escasos o nulos convenios con otros países, en materia tributaria.• Ofrecen a empresas y ciudadanos protección del secreto bancario y comercial.• No poseen normas de control de movimientos de capitales (origen o destino). Esto permite el blanqueo de dinero y reciclaje de capitales.• Tienen un sistema que permite la convivencia de un régimen tributario para los nacionales y otro para los extranjeros.• Poseen una infraestructura jurídica, contable y fiscal que permite la libertad de movimiento de personas y bienes.
Paraísos Fiscales: listado
Son innumerables las ventajas fiscales que reciben las empresas o ciudadanos que se domicilian allí. Podemos enumerar la exención parcial o total del pago de impuestos, o también ofrecer leyes o normas que no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países.
Andorra, Corea, Anguila, Letonia, Antigua y Barbuda, Líbano, Aruba, Liberia, Austria, Liechtenstein, Bahamas, Luxemburgo, Bahrein, Macao, Barbados, Malasia, Bélgica, Maldivas, Belice, Malta, Bermudas, Islas Marshall, Botsuana, Mauricio, Islas Vírgenes Británicas, Mónaco, Brunei Darussalam, Montserrat, Canadá, Nauru, Islas Caimán, Países Bajos, Islas Cook, Antillas Neerlandesas, Costa Rica, Panamá, Chipre, Filipinas, Dinamarca, Portugal, Dominica, Samoa, Francia, San Marino, Alemania, Seychelles, Ghana, Singapur, Gibraltar, España, Granada, San Cristóbal y Nieves, Guatemala, Santa Lucía, Guernsey, San Vicente y las Granadinas, Hong Kong, Suiza, Hungría, Islas Turcas y Caicos, India, Emiratos Árabes Unidos, Irlanda, Reino Unido, Isla de Man, Uruguay, Israel, Islas Vírgenes de EE.UU., Italia, EE.UU. ,Japón, Vanuatu, Jersey.
El porqué de la nueva normativa sobre bolsas de plástico en comercios
El pasado 18 de Mayo el Gobierno aprobó el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico después de haber dejado en el aire la fecha concreta para la entrada en vigor de esta nueva normativa durante medio año. A partir del 1 de julio, las bolsas plásticas deberán cobrarse (salvo algunas excepciones muy específicas que abordamos más adelante en este artículo) y otras medidas que también se hablará en este post. El objetivo de esta nueva normativa sobre bolsas de plástico en comercios es la reducción de su consumo en España para cumplir así con lo fijado en la legislación europea.
Cobrar por llevarte bolsas de plástico en los establecimientos no es algo que nos resulte extraño, pero bien es cierto que hasta este año se trataba de una medida voluntaria y cada comercio adoptaba una postura u otra. Sin embargo, ¿cómo afecta ahora esta nueva normativa sobre bolsas de plástico a las tiendas? ¿Cuánto hay que cobrar por las bolsas de plástico en las tiendas a partir del 1 de julio? Resolvamos estas y otras preguntas frecuentes en este post.
Las razones que han llevado a la legislación europea y española a limitar el consumo de bolsas de plástico están ligadas al medio ambiente pero también a la utilización práctica de este producto. La obtención de bolsas plásticas requiere de derivados del petróleo, por lo que su impacto en el medio ambiente es doble: por un lado, está relacionado con el proceso de fabricación y, por otro, con el hecho de que muy pronto se convierten en residuos altamente contaminantes.